Trabajo presencial y atención al público en horario normal en la justicia rionegrina


La decisión incluye “mantener la atención al publico de modo presencial en días hábiles de 07:30 a 13.30 horas”.
“El personal cumple su jornada laboral de modo presencial incluido el contraturno, de acuerdo a las necesidades del servicio y a las prescripciones del protocolo de salubridad vigente. A dichos efectos los titulares de organismos deben convocar la máxima cantidad de personal a su cargo posible según la aplicación del Protocolo de Salubridad Emergencia Sanitaria COVID-19 de acuerdo a los espacios físicos asignados”, se dispone.
Luego, agrega que “cuando por motivos fundados un agente no pueda ser convocado a realizar tareas en forma presencial, queda a disposición para desarrollar tareas mediante teletrabajo, ello en los horarios que conforme a reglamento le corresponde, incluido el contraturno”.
La Resolución incluye la totalidad del protocolo de Higiene y Seguridad, con las medidas sanitarias necesarias para disminuir la posibilidad de contagio.
Antecedentes normativos
La Resolución toma como antecedentes dos medidas del Estado Nacional: una que convoca al retomo a la actividad laboral presencial de las y los trabajadores del sector privado que hubieran recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas y una segunda que , extendió similares el retorno a la actividad laboral presencial para el Sector Publico Nacional, “estableciendo que quienes hayan optado por no inocularse, deben actuar de buena fe expresando los motives de su decisión y comprometiéndose a tomar los recaudos necesarios para evitar los perjuicios que su decisión pudiera ocasionar al normal desempeñó del equipo de trabajo al cual pertenece, debiendo ser convocados a la prestación presencial de labores”.
“En consecuencia lo anterior permite el establecimiento de pautas para el retorno a la actividad laboral presencial en contexto de pandemia de los y las agentes, con la debida observancia de las recomendaciones sanitarias en materia de prevención y control de la salud pública”, dice la Resolución. (loprincipal)






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