Nuevo DNU: Confirmaron las medidas que regirán en Chubut hasta el 12 de julio


El Gobernador de la Pcia. Del Chubut, Mariano Arcioni firmó este lunes el DNU N° 482 mediante el cual se establecen las medidas preventivas en el marco de la pandemia de COVID 19 en todo el territorio provincial y que tendrá vigencia hasta el próximo lunes 12 de julio incluido.
A través del Decreto de Necesidad y Urgencia se dispone mantener la calificación de alto riesgo epidemiológico en los departamentos de Escalante, Rawson, Sarmiento, Río Senguer, Futaleufú, Cushamen, Tehuelches y Languiñeo, al tiempo que las demás localidades y ciudades de Chubut se encuentran en la categoría de “riesgo epidemiológico moderado”.
De ésta manera, la circulación de las personas residentes en la provincia estará habilitada de lunes a jueves desde las 06:00 am hasta la medianoche, en tanto que los días viernes, sábado y domingo la circulación estará permitida entre las 06:00 am y hasta la 01:00 am del día siguiente.
Las personas provenientes del exterior y que tengan como destino final alguna localidad en la Provincia del Chubut deberán cumplimentar las exigencias y condiciones establecidas, y cumplir los recaudos sanitarios pertinentes de aislamiento conforme las recomendaciones de las autoridades sanitarias nacionales y las previsiones fijadas al respecto.
En tanto quienes provengan desde la provincia de Buenos Aires o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán contar con la aplicación CUIDAR habilitada con un mínimo de tres días de antelación a la fecha de ingreso, y con un certificado de test de hisopado negativo –PCR- realizado con 72 horas de antelación al ingreso.
Solamente están exceptuados de presentar el PCR, cuando provengan de dichos distritos, las personas que puedan acreditar que salieron de Chubut dentro de las 72 horas anteriores a su reingreso.
Por su parte, quienes ingresen a Chubut con fines turísticos deberán contar con el “Certificado Turismo”, la aplicación CUIDAR habilitada con un mínimo de tres días de antelación a su ingreso; obra social con cobertura en Chubut o seguro COVID-19, y reserva de alojamiento habilitado o declaración jurada del domicilio en el que se va a alojar.
En cuanto al apartado social, las salidas de esparcimiento se mantienen vigentes como hasta el momento, y no podrán realizarse reuniones familiares, recordando que quien no lo hiciere incurriría en los delitos comprendidos en los artículos 205 y 239 del Código Penal.
Quedan suspendidos los eventos culturales, recreativos, deportivos y de cualquier otra naturaleza, y sólo se podrán realizar actividades deportivas individuales y aquellas que no importen la reunión de más de 10 personas.
Las actividades religiosas y de culto se podrán efectuar tal como está regulado hasta el momento con un aforo del 30%.
Para finalizar, el artículo 25 del nuevo DNU, establece que se podrá disponer la detención de los vehículos que circulen en infracción a lo dispuesto en cualquiera de las normas nacionales y provinciales sancionadas como consecuencia de la pandemia y la emergencia sanitaria, proceder a su retención preventiva dando inmediata intervención a la autoridad judicial competente. El objetivo es evitar el desplazamiento de los mismos, en salvaguarda de la salud pública y evitar la propagación del virus.






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