top of page

Decreto sobre indicadores para limitar la circulación en horario nocturno

  • Foto del escritor: NQP/NOTICIAS
    NQP/NOTICIAS
  • 8 ene 2021
  • 1 Min. de lectura

ree


😷Teniendo en cuenta:


📌Que la experiencia nacional e internacional demuestra que las reuniones nocturnas en espacios cerrados o abiertos con escaso distanciamiento aumentan el nivel de riesgo frente al COVID-19


📌Que esta situación puede ser agravada por el consumo de alcohol porque relaja el cumplimiento de las recomendaciones de prevención.


*El Gobierno Nacional define, a través de este decreto, dos parámetros de riesgo que deberán tener en cuenta las autoridades provinciales para restringir la circulación:*


1️⃣ RAZÓN: cuando el cociente (resultado de dividir) entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días previos, sea *superior a 1,20* (es decir, que los casos aumenten un 20% de una quincena a la otra)


2️⃣ INCIDENCIA: cuando el número de casos confirmados acumulados de los últimos 14 días por 100 mil habitantes, sea *superior a 150*


⚠️En función de estos indicadores, el Gobierno Nacional solicita a las autoridades locales que apliquen medidas para disminuir los contactos, priorizando la limitación de la circulación nocturna.


📌El ministerio de Salud articulará con las autoridades sanitarias de las distintas jurisdicciones con el fin de colaborar con el monitoreo de los indicadores señaladas.


📌El ministerio de Seguridad brindará cooperación para realizar controles de rutas, vías de acceso, espacios públicos y demás lugares estratégicos con el fin de ayudar a garantizar el cumplimiento de las medidas, a petición de los gobernadores y las gobernadoras.

Comentarios


  • whatsapp-png-image-result-for-whatsapp-p
  • https___blueprint-api-production.s3
  • App_Store_logo
  • Facebook
  • Instagram
  • YouTube

© 2022 NQP PRODUCCIONES | REPÚBLICA ARGENTINA

bottom of page