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Covid-19: Nuevas medidas en Caleta Olivia


La Municipalidad de Caleta Olivia adhirió al Decreto N°366/21 publicado por el Gobierno Provincial el último viernes y, a su vez, se enmarcó en el DNU N°235/21 publicado por el Gobierno nacional el 8 de abril.


El instrumento que regirá desde hoy lleva las firmas de el intendente Fernando Cotillo y los secretarios de la Coordinación, Juan Carlos Gómez y de Producción, Tania Sasso, y estipula las medidas de prevención y restricción que tendrán validez hasta el 30 de abril, inclusive.


SECTOR COMERCIAL

El Municipio adhirió de manera taxativa a lo que estipula la norma provincial. En este sentido, establece que el funcionamiento de las actividades económicas, comerciales, industriales y de serviciosse deberá cumplimentar estrictamente bajo los protocolos sanitarios aprobados por la autoridad sanitaria provincial.


los locales comerciales y/ o de servicios deberán mantener libre una superficie equivalente del 50% del espacio cubierto, respetando en todo momento el uso de las medidas que implican el distanciamiento social. Por último, queda suspendido el funcionamiento de casinos, bingos, discotecas y salones de fiesta.


CIRCULACIÓN DE PERSONAS

A través de este Decreto queda restringida estrictamente la circulación de personas entre la 01 y a las 07 de la mañana, con excepción de aquellos trabajadores afectados a actividades y servicios esenciales y/o personas autorizadas que por su función deban circular en la franja horaria aquí determinada.


En ese sentido quedan exceptuados de la restricción que se establece el transporte interurbano de pasajeros y el transporte de cargas, mercaderías y/o todo aquel que por su actividad y/o servicio es considerado esencial por la normativa vigente.


Además, en Caleta Olivia, la circulación de personas quedará limitada por la terminación del DNI sólo para el desarrollo de las siguientes actividades a los efectos de prevenir aglomeración de personas:


– Concurrencia a supermercados. – Servicio de retiro o entrega de paquetería. – Concurrencia a comercios Mayoristas, hipermercados, corralón de materiales.

En este marco, se aclaró que los días del calendario mensual que terminen en cero o par, DNI terminados en cero y números pares. En tanto, los días del calendario mensual que terminen en impar, DNI terminados en números impares.

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