AFIP Extiende el Plazo para la Presentación del Formulario de Ganancias hasta el 30 de Junio

Contexto y Modificación
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha decidido extender hasta el 30 de junio de 2024 el plazo para la presentación del formulario F. 572 Web. Esta medida permite a los trabajadores en relación de dependencia declarar sus deducciones para la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”.
Aplicación de la Modificación
Según la Resolución General 5514/2022, publicada en el Boletín Oficial, esta extensión aplica a aquellos trabajadores a quienes se les aplicó un régimen especial de retención del Impuesto a las Ganancias, gestionado por la Asociación Argentina de Actores, en relación con las retribuciones percibidas por los actores a través de dicho agente.
Proceso y Plazos
Los empleados deben presentar anualmente un formulario que detalla las deducciones aplicables a la liquidación del impuesto, tales como gastos médicos y salarios pagados al personal de casas particulares. El importe determinado será retenido o reintegrado en el primer pago posterior a la fecha de la liquidación, hasta el 9 de agosto de 2024.
Además, los trabajadores deben ingresar el importe determinado hasta las fechas de vencimiento para la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante en agosto de 2024, conforme al Sistema de Control de Retenciones (SICORE).
Justificación y Beneficios
La extensión del plazo se implementa en el contexto de la ley Bases, que incluye modificaciones en la política tributaria. La AFIP explicó que esta medida busca favorecer a los trabajadores, evitando que deban abonar impuestos no cobrados el año anterior.
Fuente: ámbito







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