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🔫Ya es ley la ampliación de casos en los que la Policía de Mendoza puede usar armas de fuego

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    NQP/NOTICIAS
  • hace 2 horas
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La Cámara de Diputados le dio sanción definitiva a la ley que actualiza el protocolo de uso de armas de fuego por parte de la Policía. El peronismo se opuso.


Las modificaciones propuestas por Senadores fueron aprobadas y así la Cámara de Diputados le dio sanción definitiva, este miércoles al proyecto de ley que modifica el protocolo de uso de armas de fuego por parte de la Policía de Mendoza.


La nueva norma, con el aval de la mayoría de los miembros de la Cámara Baja, amplía los casos en los que los integrantes de la fuerzas de seguridad pueden usar armas de fuego. Les da también más facultades para tomar decisiones.


Fueron 33 los votos a favor del proyecto, de oficialistas y aliados mientras otros 7 (del peronismo y José Luis Ramón) se expresaron en contra.


Un proyecto con sello libertario

La iniciativa de ampliar los casos de uso de armas de fuego por parte de la Policía fue de Gustavo Cairo, de La Libertad Avanza, y Enrique Thomas, del PRO Libertad, ambos de espacios libertarios.

Entre otros puntos la modificación a la ley 6.722, de Seguridad Pública trata de definir con más precisión el concepto de peligro inminente, suma las advertencias previas a la intervención policial y habilita la convocatoria de retirados.

La iniciativa ya había obtenido media sanción en Diputados en noviembre y posteriormente en la Cámara de Senadores donde se incorporaron modificaciones. Por este motivo, el expediente volvió a la Cámara Baja para su revisión y tratamiento final, lo que ocurrió en esta ocasión, con los siguientes puntos como sobresalientes.

  • Se incorpora nuevas disposiciones vinculadas con la protección de las personas y los bienes ante situaciones de peligro, así como tareas de observación, vigilancia y prevención de conflictos en espacios públicos.

  • Se establecen "criterios respecto al uso de armas de fuego por parte del personal de seguridad en situaciones de peligro inminente, contemplando casos de legítima defensa, protección de terceros o cuando exista riesgo grave para la vida o la integridad física".

  • Incorporación de parámetros para determinar la existencia de ese peligro y fijación de pautas sobre la identificación y advertencia previa al uso de armas, salvo en circunstancias excepcionales donde ello implique un riesgo mayor.

  • Se contempla la posibilidad de convocar a personal retirado para cumplir determinadas funciones, regulando las condiciones y la retribución correspondiente según el grado que ostentaban al momento de su retiro.


A favor y en contra

El diputado Gustavo Cairo (LLA), informó que "esto viene a aclarar la actuación de la Policía de Mendoza en ciertas circunstancias en que la ley dejaba un espacio gris y muchos policías eran sancionados cuando querían actuar en defensa de los ciudadanos”.


Es el marco legal para “cuando hay peligro inminente contra la vida o la salud del mismo policía, o de un ciudadano víctima de una acción delictiva, y cuándo el policía puede, en esos casos, hacer uso de su arma reglamentaria, que justamente para eso el Estado tiene una fuerza policial”.


¨Se establece claramente que en estos casos, cuando se ha atentado contra la vida de una persona, el policía puede proceder a la detención de ese delincuente que ha demostrado ser un peligro, ser peligroso los ciudadanos, o para impedir su fuga¨.


El legislador ejemplificó con casos recientes en los que el uso de su arma reglamentaria tuvo distintas interpretaciones, como en los hechos en los que se enfrentó un policía con un delincuente que portaba un arma blanca y por la duda en el uso del arma reglamentaria, el delincuente asestó puñaladas al uniformado y murieron los dos. O el caso del policía de apellido Chocobar que defendió a un turista en Buenos Aires y por el uso de su arma reglamentaria (terminó matando al delincuente), tuvo un juicio en su contra.


El ex aliado del peronismo y y actual representante del monobloque Consumidores y Ciudadanos) José Luis Ramón adelantó su negativa: "Esta ley va a ser inconstitucional, es muy delicado el tema".


El legislador cuestionó que “la ley no requiera que se respete la ley por un funcionario que debe tener agravadas las condiciones para la utilización de sacar un arma que tiene calzada para disparar, aunque hubiera cometido un delito aberrante, porque en el Estado de derecho se debe respetar la ley”.


La kirchnerista Valentina Morán (PJ) sostuvo que "las dudas que me generan y que se generan alrededor de este texto de reforma tienen que ver con eso, con la legalidad y la necesidad, con los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y armas de fuego planteados por la ONU y la proporcionalidad. La jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos es clara con respecto al uso de la fuerza”.


Germán Gómez (jefe de bloque del PJ) advirtió que “no existe la figura de un presunto delincuente y se está invirtiendo la situación, porque a juicio de quien lleva el arma hoy todos pueden ser delincuentes, lo que va en contra del principio de inocencia que consagra la Constitución. La conducta no está ajustada a la ley”.


Enrique Thomas (PRO Libertad), autor junto a Cairo de esta normativa, subrayó que “más allá de las excusas y los planteos irrelevantes, acá tomamos la decisión que ha tomado el pueblo argentino, y es acompañarlo. O estamos del lado de los delincuentes o del lado de las víctimas y la sociedad que diariamente sufre las consecuencias de una delincuencia. Estamos tomando las decisiones que protegen a la sociedad y defienden al buen policía”.

Fuente: Cámara de Diputados de Mendoza.

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