⚖️ Primer revés judicial para la reforma laboral: declaran inconstitucional un artículo clave
- NQP/NOTICIAS

- 13 mar
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Un juez laboral de Córdoba cuestionó el mecanismo que limita la actualización de indemnizaciones en juicios por despido y ordenó aplicar un criterio más favorable para los trabajadores.
📑 Un fallo que impacta en la nueva normativa
La reciente reforma laboral tuvo su primer fallo judicial en contra luego de que el juez laboral cordobés Ricardo Gileta declarara inconstitucional el artículo 55 de la llamada Ley de Modernización Laboral.
La decisión, firmada el 10 de marzo y difundida públicamente este jueves, cuestiona el sistema establecido por la norma para actualizar los créditos laborales en juicios que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la reforma.
Ese artículo fijaba un nuevo mecanismo de actualización que, según distintos cálculos judiciales, podía reducir entre un 20% y un 60% el monto final que cobrarían los trabajadores en comparación con los criterios utilizados anteriormente en varios tribunales.
💰 Cómo funcionaba el artículo cuestionado
El artículo 55 establecía que las deudas en juicios laborales en curso debían actualizarse tomando como referencia la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina, con un límite máximo equivalente a inflación más un 3% anual, y un piso mínimo del 67% de ese cálculo.
Según el magistrado, ese sistema introducía un tratamiento diferente entre causas nuevas y juicios iniciados antes de la reforma, lo que vulneraría el principio de igualdad ante la ley.
📊 El criterio que ordenó aplicar la Justicia
En su resolución, Gileta dispuso que el cálculo del crédito laboral del caso se realice conforme al artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo, que fue modificado por la propia reforma.
Este esquema establece que el monto se actualice según la evolución del índice de precios al consumidor (IPC) y que se agregue un interés del 3% mensual desde el momento de la mora hasta el pago efectivo.
⚠️ Argumentos del fallo
El juez sostuvo que los créditos laborales tienen carácter alimentario, por lo que cuentan con una protección especial dentro del derecho del trabajo.
Por ese motivo, señaló que cualquier mecanismo que reduzca significativamente su valor frente a la inflación podría afectar el principio de reparación plena y el principio protectorio reconocido en la Constitución.







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