
En 2024, toda relación laboral doméstica debe estar registrada, independientemente de la cantidad de horas trabajadas.
Registro obligatorio según la Ley 26.844
La Ley 26.844 establece que no existe un mínimo de horas requerido para registrar a una empleada doméstica. Toda persona contratada en esta modalidad, ya sea por jornada completa o parcial, debe ser registrada en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esto garantiza acceso a derechos laborales, como:
Vacaciones pagas.
Obra social.
Seguro por riesgos de trabajo (ART).
Licencias por enfermedad y maternidad.
Descuentos en transporte público (SUBE).
Además, el empleador evita riesgos legales en caso de accidentes laborales.
Jornada laboral y descansos
Máxima: 8 horas diarias o 48 horas semanales.
Descanso semanal: 35 horas consecutivas desde el sábado a las 13:00.
Provisión de ropa, herramientas de trabajo y alimentación adecuada durante la jornada.
Sueldos vigentes 2024
Los salarios varían según la categoría:
Primera categoría: Supervisores/as
Con retiro: $3.351/hora o $418.240/mes.
Sin retiro: $3.670/hora o $465.872/mes.
Segunda categoría: Tareas específicas (ej. cocineros/as)
Con retiro: $3.173/hora o $338.569/mes.
Sin retiro: $3.479/hora o $432.543/mes.
Quinta categoría: Tareas generales (limpieza, cocina, mantenimiento)
Con retiro: $2.779/hora o $340.930/mes.
Sin retiro: $2.997/hora o $379.111/mes.
Beneficios de la registración
Registrar a una empleada doméstica no solo es una obligación legal, sino que asegura tranquilidad para ambas partes y acceso a servicios esenciales como obra social y jubilación.
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